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Xiaomi Store España

En Mistore-dphone.com, disponemos del catálogo oficial completo de Xiaomi. Podrás encontrar desde móviles, auriculares, aspiradores, hasta patinetes eléctricos o televisores entre otros.

Todo el producto que ofrecemos es oficial y dispone de la garantía legal según la normativa en España

XIAOMI INC.​ es una empresa china dedicada al diseño, desarrollo y venta de teléfonos inteligentes, apps y otros productos electrónicos, que vende en sus tiendas en China y determinados países de Asia, Europa y Latinoamérica, además de en su sitio web. ​ Desde el lanzamiento de su primer teléfono inteligente en agosto de 2011, Xiaomi ha ganado una importante cuota de mercado en China y ha ampliado su línea de productos a otros dispositivos electrónicos. Mistore Dphone, distribuidor mayorista Xiaomi, cuenta con los últimos smartphones de la marca Xiaomi entre sus filas. Decidimos Xiaomi por la calidad ofrecida a lo largo de los años y sus precios competitivos, siendo la marca que ofrece terminales con las mejores prestaciones teniendo en cuenta su relación calidad-precio.

XIAOMI INC. se encuentra en las primeras posiciones de ventas de telefonía y accesorios tanto en Europa como España. Además, año tras año esta tendencia es cada vez más notable.

Atención al Mayorista

Nuestro departamento de empresa, está especializado en el trato personalizado, creando un vínculo con nuestros clientes que garantiza el mejor trato , desde el asesoramiento sobre nuestros productos, la preparación de los pedidos o la tramitación de las garantías, ya que mistore-dphone.com dispone de acuerdo con los servicios técnicos oficiales de la marca en España.

Desde el día 1 de abril de 2015 cambia la forma de aplicar el IVA en las ventas a empresas (no a particulares) de aparatos electrónicos como teléfonos móviles, consolas, videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales en estos dos casos concretos:

  1. Cuando el comprador de estos bienes es un empresario o profesional que va luego a revender estos productos digitales (revendedor), cualquiera que sea el importe de la compra.
  2. Cuando el comprador es un empresario o profesional distinto de los revendedores anteriores, siempre que el importe de las compras de estos bienes incluidas en una misma factura sea superior a 10.000€.

A estos efectos, se atenderá al importe total de las entregas realizadas cuando se documenten de forma artificiosa en más de una factura.

Estos son los dos casos concretos en los que se aplicará la llamada regla de “inversión del sujeto pasivo” del IVA.

¿Qué es la inversión del sujeto pasivo del IVA?

Normalmente, el sujeto pasivo en el IVA es el empresario o profesional que vende los productos o servicios. Es quien añade (repercute) el IVA correspondiente de estos productos a sus clientes en la factura de venta y, posteriormente, lo declara e ingresa ante la administración tributaria.

La inversión del sujeto pasivo supone trasladar esta obligación de repercutir y declarar el IVA de la operación al comprador en lugar del vendedor.

¿Cómo se aplicará el IVA en las compras de móviles, portátiles, consolas, videojuegos y tablets a partir del 1 de abril de 2015?

Para estos casos concretos de ventas, el IVA se aplicará de la siguiente forma:

  1. El vendedor emitirá la factura de venta sin aplicar el IVA. Esta factura sin IVA tendrá que tener una serie de facturación distinta al resto de ventas.
  2. Declarará la operación en el modelo periódico de IVA a efectos informativos, pero no supone ingreso alguno.
  3. El comprador que recibe la factura sin IVA declarará este IVA en su declaración trimestral (o mensual) en las casillas correspondientes a “inversión del sujeto pasivo” (de la misma manera que se declaran las adquisiciones intracomunitarias).

Obligaciones de los revendedores de tablets, portátiles y móviles

Los empresarios y profesionales que compran estos bienes y que luego van a volver a vender deben acreditar al vendedor su condición de revendedor habitual y para ello deben:

  • Notificar a la Agencia Tributaria su condición de revendedor.
  • Obtener un certificado de Hacienda que lo acredite.

Declaración de alta en Hacienda como revendedor de estos bienes

El comprador que sea revendedor debe de comunicar a la Agencia Tributaria su condición de revendedor habitual de estos bienes mediante la presentación de una declaración censal (modelo 036), marcando la casilla 513 que se ha creado a tal efecto.

Esta alta como revendedor debe de comunicarse a la Agencia Tributaria al iniciar la actividad. Las empresas o profesionales que ya lo sean en 2015 deben hacerlo antes del día 30 de marzo. Finalmente, aquellas empresas que dejen de ser revendedores o comiencen a serlo podrán comunicarlo en el mes de noviembre anterior al siguiente año en el que quieran causar alta o baja.

Certificado de Hacienda acreditando la condición de revendedor

Después del alta censal, el revendedor deberá obtener un certificado específico emitido desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Este certificado se debe aportar al proveedor de los equipos digitales, para que pueda emitir su factura de venta sin aplicar el IVA correspondiente.

Normativa reguladora:

Los cambios legislativos comentados en este artículo vienen regulados en la siguiente normativa:

  • Ley 28/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Real Decreto 1073/2014 de 19 de diciembre que introduce nuevos apartados en el Reglamento de IVA (Real Decreto 1624/1992 de 29 de diciembre).

Teniendo el alta ante la Administración Tributaria, nos puedes enviar el certificado a servicio@mistore-dphone.com Aquellas empresas o profesionales que no acrediten este certificado no podrán beneficiarse de esta nueva normativa. Siendo de aplicación el IVA en todos sus pedidos.

Para cualquier duda o aclaración sobre esta nueva medida se puede poner en contacto con nosotros enviándonos un mail a servicio@mistore-dphone.com

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Ventajas de Trabajar con nosotros

Garantía de 3 años

Todos los productos disponen de la garantía legal de 3 años a excepción de los accesorios, baterías y consumibles que disponen de un periodo de garantía legal de 6 meses por la falta de conformidad de los mismos que se manifieste en ese período, a partir de la fecha de entrega y de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación.

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